BECAS ACTIVAS

PRÁCTICAS EN EMPRESAS 2024

 
 

 


 

  • RESUMEN EJECUTIVO

 

RESUMEN EJECUTIVO

Objetivo Apoyar a las empresas en su proceso de internacionalización, facilitándoles el acceso al mejor talento joven en formación, y lograr su integración laboral a la finalización de las prácticas.
A quién va dirigido

Empresas y entidades constituidas en España con fuerte componente internacional, que presenten un plan estructurado con la formación que aportarán a la persona becada, competencias a desarrollar, y actividades formativas a realizar durante el periodo de prácticas. Éstas deberán desarrollarse en el ámbito de actuación internacional y estar tuteladas a través de la designación de una persona tutora responsable del cumplimiento y valoración del itinerario formativo de la persona  becada.

La formación podrá realizarse en España o en el extranjero. En el caso de que la beca se desarrolle fuera de España es requisito obligatorio que las empresas estén implantadas en el exterior y dispongan de una persona tutora permanente en el destino propuesto. En caso de prácticas fuera de la Unión Europea es responsabilidad exclusiva de la empresa cerciorarse de la viabilidad de consecución de un visado en regla que permita la realización de prácticas en el país. 

Financiación

DOTACIÓN ECONÓMICA. ICEX cubre el 70% de la dotación   bruta anual si las prácticas se desarrollan en el exterior en el seno de una PYME/Entidad , el 50% si se realizan en una PYME/Entidad desde España, y el 20% en caso de que se desarrollen en una GRAN empresa. Asimismo, cubre el coste del Seguro de accidentes y asistencia en viajes. La EMPRESA o ENTIDAD se hace cargo del 30 % de la dotación bruta anual si las prácticas se desarrollan en el exterior en el seno de una PYME/Entidad,  del 50% si se realizan en una PYME/Entidad desde España, y del 80% en caso de que se desarrollen en una GRAN empresa.  La empresa o entidad también corre con los gastos de desplazamientos formativos de la persona becada, y obtención o renovación del visado, si los  hubiere.

La dotación bruta anual de las prácticas viene fijada por ICEX en función del destino asignado. Esta dotación está sujeta a las correspondientes retenciones que conforme a la normativa vigente resulten de aplicación. 

Presentación solicitudes

Nuevas empresas o entidades participantes: una vez registradas en el Portal de ICEX: https://www.icex.es, podrán acceder al Programa y al formulario de inscripción en PRÁCTICAS EN EMPRESAS 2024.

Empresas o entidades ya registradas podrán acceder al Programa y al formulario de inscripción en PRÁCTICAS EN EMPRESAS 2024

Fecha de solicitud Desde el 10 de julio hasta las 14:00 horas del 28 de septiembre de 2023
Resolución solicitudes Se comunicará a partir del 11 de diciembre de 2023
Fecha de comienzo La incorporación de la persona becada a la empresa o entidad se producirá a partir del mes de marzo de 2024
Duración 12 meses

 

 


 

BECAS ICEX DE INTERNACIONALIZACIÓN (II FASE)

  • PROGRAMA DE PRÁCTICAS EN EMPRESAS O ENTIDADES 2024

ÍNDICE

1. OBJETIVOS DEL PROGRAMA

2. DURACIÓN

3. REQUISITOS DE LAS EMPRESAS PARTICIPANTES

4. CONDICIONES ECONÓMICAS

5. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y APROBACIÓN

6. ASIGNACIÓN DE LA PERSONA BECADA  A LA EMPRESA O ENTIDAD

7. MARCO DE REGULACIÓN

8. PLAZOS Y TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

9. DOCUMENTACIÓN TRAS LA FINALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS

 

1. OBJETIVOS DEL PROGRAMA

La formación de personas se ha revelado como la pieza clave del éxito de cualquier proyecto empresarial, de ahí que ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (en adelante, ICEX) esté comprometido en acompañar a las empresas y entidades en sus procesos de internacionalización, facilitándoles el acceso al mejor talento joven en formación a través de su participación en el Programa de Prácticas en Empresas o Entidades. 

Mediante la Resolución, de fecha 1 de marzo de 2021, se aprobó, por la Consejera Delegada de ICEX, en virtud de la delegación efectuada por la Presidenta de ICEX, la Convocatoria de las becas de internacionalización empresarial de ICEX correspondiente a la 46ª Promoción con subvenciones para la formación teórica y práctica durante las tres Fases (Fase 0, Fase I y Fase II) establecidas en la Orden ICT/100/2020. La Fase II se realiza en empresas, entidades u organismos internacionales de los que España es miembro.

En el caso de organismos internacionales su selección se realiza anualmente por el Departamento de Becas del ICEX en función de las prioridades de la política comercial española encargándose de comunicar a los organismos seleccionados la posibilidad de adherirse al programa de becas (Orden ICT/100/2020; artículos 28.2 y 29.2).

El Programa de Prácticas en Empresas o Entidades (en lo sucesivo, el “Programa de Empresas”) tiene como objetivo último completar la formación y, finalmente, promover la inserción laboral de jóvenes profesionales que han concluido con éxito la Fase 0 y I de la Convocatoria de Becas, y se materializa mediante la posibilidad de realizar prácticas durante un (1) año en empresas o en entidades españolas con actividad internacional, dentro y fuera de España.

Mediante su participación en el Programa de Empresas, ICEX facilita que 253 becarios y becarias que han concluido con éxito un intensivo proceso de formación y capacitación en internacionalización puedan formar parte de sus proyectos internacionales. La formación teórico-práctica que estos jóvenes han recibido ha consistido en:

  • Un Máster Universitario en Gestión Internacional de la Empresa (MBA in International Management), título oficial de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo e impartido en alianza académica por ICEX. El Máster es un programa de posgrado cuyo objetivo es proporcionar una sólida formación a las personas seleccionadas y dotarlas de las herramientas teóricas y prácticas vinculadas al proceso de internacionalización empresarial.
  • La realización de un año de prácticas en las Oficinas Económicas y Comerciales de las Embajadas de España a través de las cuales las personas becadas han adquirido y desarrollado experiencia y conocimiento sobre los mercados internacionales, la operativa del comercio internacional y las necesidades reales de los empresarios españoles y locales.  

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2. DURACIÓN
El Programa de Empresas tendrá una duración de doce (12) meses, iniciándose a partir de marzo de 2024.

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3. REQUISITOS DE LAS EMPRESAS PARTICIPANTES

Requisitos Generales:

1. Estar legalmente constituida en España.

2. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y en materia de Seguridad Social, no haber sido declarada insolvente o estar inmersa en procedimiento concursal y cumplir el resto de los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. No será precisa la aportación de las certificaciones acreditativas del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social cuando la empresa o entidad haya manifestado expresamente su autorización para que sus datos sean recabados por ICEX.[1]

[1] Excepto para empresas domiciliadas fiscalmente en País Vasco y Navarra que deben aportar los certificados originales

3. Dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea de aplicación sobre protección de datos personales y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. 

4. Tener actividad comercial o productiva en el exterior o un plan estratégico en ejecución dirigido a la expansión y consolidación internacional.

5. Presentar un plan estructurado y preciso con el itinerario formativo que aportarán a la persona becada, que contemple y detalle las competencias a desarrollar, funciones a realizar y una planificación de las actividades programadas para el periodo completo de las prácticas. Las prácticas se desarrollarán necesariamente en el ámbito de actuación internacional de la empresa o entidad y deben contar con la designación de una persona tutora responsable del cumplimiento y valoración del itinerario formativo.

Requisitos Específicos para prácticas desarrolladas fuera de España:

Las prácticas podrán realizarse en la sede de la empresa o entidad en España o en el exterior. Los requisitos para éstas últimas son:

1. Disponer de implantación en el país, en cuyas instalaciones se desarrolle la formación.  

2. Disponer de una persona tutora permanente en destino, responsable del seguimiento de la persona becada para medir el cumplimiento de los objetivos de formación de las prácticas.

3. Cerciorarse de que no existen impedimentos administrativos para la obtención de un visado en regla en los países que así lo requieran y proporcionar a la persona becada la documentación pertinente para su obtención, asumiendo asimismo la gestión, y los costes de expedición o renovación del visado.

Las competencias en la concesión de visados recaen en los consulados de cada país.

Ningún desplazamiento a destino de personas becadas podrá realizarse sin el visado adecuado o en situación irregular. Si se evidenciara que no se han adoptado todas las medidas necesarias para que el visado obtenido por la persona becada permita el desarrollo completo del período formativo en destino, la empresa o entidad deberá adoptar las medidas necesarias para que la misma pueda desarrollar la formación práctica en la sede de la empresa o entidad en España, o en otro país donde disponga de implantación. 

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4. CONDICIONES ECONÓMICAS

4.1. DOTACIÓN DE LAS PERSONAS BECADAS

La dotación bruta anual de las prácticas viene fijada por ICEX en función del país y ciudad de destino asignado[2], no siendo ésta un concepto negociable. De esta dotación se detraerán la correspondiente retención fiscal y la cuota por cotización a la Seguridad Social aplicables a la persona becada según la legislación vigente.

[2] En Anexo I se incluye a modo de referencia lista de destinos y cuantías económicas provisionales asignadas a cada uno de ellos

Dependiendo de la situación cambiaria del euro con relación a la divisa de uso de los lugares de destino, la dotación de la beca podrá ser actualizada por Resolución de la Presidenta de ICEX siempre que se aprecie una grave alteración de las condiciones iniciales de concesión que ponga en riesgo el objetivo del Programa. 

A. CUANTIAS ASUMIDAS POR ICEX 

• PYMES o ENTIDADES[3]

a) En el caso de prácticas realizadas en la sede de la empresa en España, ICEX asume la dotación económica de la persona becada durante los seis (6) primeros meses de las prácticas. El importe máximo de la dotación mencionada supone el cincuenta por ciento (50%) de la dotación bruta anual.

b) En el caso de prácticas realizadas en una filial/sucursal de la empresa en el exterior, ICEX asume la dotación económica de la persona becada durante los doscientos cincuenta y dos (252) primeros días naturales de las prácticas.  El importe máximo de la dotación mencionada supone el setenta por ciento (70%) de la dotación bruta anual.

[3] Reglamento (UE) 651/2014 -Anexo I-de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: La categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de  negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros

GRAN EMPRESA[4]

ICEX asume la dotación económica de la persona becada durante los setenta y dos (72) primeros días naturales de las prácticas. El importe máximo de la dotación mencionada supone el veinte (20%) de la dotación bruta anual. 

• En todos los casos (PYME o Gran Empresa) en los que las prácticas se realicen en el exterior y se contemple a su inicio un periodo previo de formación en España superior a UN MES, y/o el desplazamiento al exterior conlleve un proceso administrativo de duración variable (ej. obtención de visado),  el pago de la dotación se realizará con referencia a la de España y quedará regularizado una vez la empresa confirme expresamente a ICEX la incorporación efectiva del becario al destino asignado.

[4] Artículo 2 del citado Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014, que define la GRAN empresa como toda empresa que no cumple los criterios establecidos en el Anexo I

B. CUANTÍAS ASUMIDAS POR LA EMPRESA O ENTIDAD:

PYMES o ENTIDADES

a) En el caso de prácticas realizadas en la sede de la empresa en España, ésta asume la dotación económica de la persona becada desde el séptimo mes, y durante los seis (6) meses restantes de prácticas. El importe máximo de la dotación mencionada supone el cincuenta por ciento (50%) de la dotación bruta anual.

b) En el caso de prácticas realizadas en una filial/sucursal de la empresa en el exterior, ésta asume la dotación económica de la persona becada durante los últimos ciento ocho (108) días naturales de las prácticas.  El importe máximo de la dotación mencionada supone el treinta por ciento (30%) de la dotación bruta anual.

GRAN EMPRESA

La dotación económica de la persona becada desde el día 73, esto es, durante los 288 días naturales de prácticas restantes. El importe máximo de la dotación mencionada supone el ochenta por ciento (80%) de la dotación bruta anual.

4.2. SEGURO DE ACCIDENTES Y DE ASISTENCIA EN VIAJE[5]

ICEX contrata y cubre el 100% del importe del seguro por concepto de accidentes y de asistencia en viaje durante el período de vigencia de las prácticas. Las coberturas de dicho seguro en los desplazamientos al exterior comprenden los gastos médicos, de repatriación y de asistencia médica 24 horas, equipajes y demoras y otras garantías complementarias como, por ejemplo, responsabilidad civil y accidentes personales.

La Empresa asumirá la cobertura de cualquier riesgo fuera de lo comprendido en la póliza de seguro de accidentes y de asistencia en viaje contratada por ICEX, especialmente la contratación de una póliza adicional complementaria en los países que así lo requieran.

[5] La cobertura de la póliza es efectiva durante el tiempo de desarrollo de actividades relacionadas con el desempeño de las prácticas.

4.3. TRANSPORTE DE IDA Y VUELTA AL DESTINO EN EL EXTERIOR Y VIAJES DE FORMACIÓN

La empresa o entidad proveerá y sufragará los gastos del desplazamiento del becario o becaria al destino asignado, y los de retorno a su residencia habitual al finalizar el periodo de prácticas, así como los gastos ocasionados por los desplazamientos que deba realizar debido a su actividad y del plan de formación.

4.4. VISADO 

La empresa o entidad asume la gestión, los costes de expedición o renovación del visado.

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5. CRITERIOS DE VALORACIÓN Y APROBACIÓN

El número de empresas o entidades que puede finalmente participar en el Programa de Empresas estará limitado por la oferta de personas becadas disponibles, por lo que la selección se realizará en virtud del número de personas becadas y solicitudes recibidas, a aquellas empresas o entidades cuya solicitud refleje una mayor coherencia con los objetivos del Programa de Empresas.

El Departamento gestor del Programa, con el asesoramiento de la Comisión de Becas, seleccionará el número de solicitudes de personas becadas correspondientes a cada empresa o entidad con arreglo a los siguientes criterios:

a) La calidad e idoneidad del Plan de Formación presentado, que necesariamente deberá desarrollarse en el área internacional de la empresa o entidad e incluirá la siguiente información:

• Formación que aportará la empresa o entidad en el momento de la incorporación de la persona becada para facilitar su integración y el perfil de la persona tutora asignada.

• Desarrollo de habilidades y competencias.

• Planificación de tareas y actividades formativas programadas durante las prácticas.

• Recursos materiales y técnicos puestos a disposición de la persona becada.

• Acciones de seguimiento y control.

b) La oportunidad de que las prácticas se realicen fuera de España (siempre que se cumplan los requisitos exigidos en el apartado 3 anterior).

c) La política de integración de las personas becadas en la estructura de la empresa con carácter de permanencia, en el caso de empresas o entidades.

d) La política de la empresa en materia de aplicación de los principios de desarrollo sostenible, relativos a igualdad de género, así como de carácter medioambiental y social.

Dicho departamento estará facultado para solicitar una entrevista, así como la aportación de la información que considere pertinente.

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6. ASIGNACIÓN DE LA PERSONA BECADA A LA EMPRESA O ENTIDAD

El Departamento gestor del Programa comunicará a las empresas o entidades la aprobación o rechazo de la/s solicitud/es recibidas, a partir del 11 de diciembre de 2023, remitiendo asimismo las instrucciones sobre el procedimiento de materialización de las prácticas.

El número de solicitudes aprobadas para cada empresa/entidad estará sujeta a la demanda recibida y a la oferta de becarios disponible.

Las empresas o entidades cuya solicitud haya sido aprobada, dispondrán de acceso a la plataforma on-line en la que se encuentran los currículos de los becarios y podrán iniciar contactos con aquellos que acceden a la Fase II.

El sistema de asignación se basa en la libre concurrencia de becarios y empresas o entidades autorizadas a través de la plataforma virtual de ICEX que facilita el ajuste idóneo entre las solicitudes u ofertas de las empresas con las preferencias o perfiles de los becarios/as.

Para iniciar el proceso de selección de las personas candidatas, las empresas o entidades podrán establecer el contacto por vía telefónica, correo electrónico, entrevista personal, video conferencia, etc. En el caso de optar por la realización de entrevista personal, téngase en cuenta que los gastos de desplazamiento de la persona becada al lugar de la entrevista, si los hubiere, serán siempre por cuenta de la empresa o entidad. La autorización del gasto –y su forma de liquidación- deberá quedar explícitamente acordada entre empresa o entidad y la persona becada antes de producirse tal desplazamiento.

La fecha límite de vinculación entre empresa o entidad y la persona becada a través del Portal de ICEX es el 7 de febrero de 2024.

El Departamento gestor del Programa, con el asesoramiento previo de la Comisión de Becas, emitirá las correspondientes propuestas de asignación de destinos y dotación económica para la Fase II. Las referidas propuestas se publicarán en la página web del ICEX, pudiendo las personas becadas formular alegaciones en el plazo de diez días hábiles.

La Consejera Delegada de ICEX, a propuesta del Departamento gestor, como órgano instructor, dictará cuantas resoluciones de asignación de destino sean necesarias, que incluirán el becario, destino y la dotación de la beca que ICEX asume en Fase II, siendo objeto de publicación en el apartado de Ayudas concedidas dentro del Portal de ICEX (www.icex.es) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.[6]

[6] La tramitación de asignación de destinos, plazo de alegaciones y resoluciones se resuelven en un plazo aproximado de 1 mes, por lo que el inicio de las prácticas se formalizará a partir del 1 de marzo de 2024 como primera fecha de incorporación de la persona becada a la empresa.

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7. MARCO DE REGULACIÓN
  • Las relaciones entre ICEX y la empresa o entidad se regulan a través del Convenio[7]que ambas partes han de suscribir.
[7] En Anexos II y III se encuentra Modelo de Convenio y Modelo del Compromiso de Prácticas, a efectos informativos.
  • Las obligaciones, derechos y régimen de responsabilidad entre ICEX, la empresa o entidad y la persona becada se recogerán mediante un documento denominado “Compromiso de Prácticas”  El “Compromiso de Prácticas” deberá ser firmado por la persona responsable de la empresa o entidad, la Persona Becada e ICEX, antes del inicio de la formación. Las prácticas podrán iniciarse a partir del 1 de marzo de 2024, o días 1 y 16 de los meses consecutivos.  
  • A partir de la incorporación de la Persona Becada a la empresa, ésta deberá cumplimentar inexcusablemente y con carácter trimestral un Informe de Evaluación realizado por el Tutor, a través de la página web de ICEX. En el cuarto trimestre del desarrollo de las prácticas deberá además indicar las posibilidades de incorporación de la persona becada a la plantilla de la empresa o entidad, una vez finalizado su periodo de formación
  • En caso de proceder la empresa o entidad a la finalización unilateral de las prácticas, durante su desarrollo, ésta asume el compromiso de satisfacer a ICEX el 50% del importe de la dotación que haya sido abonada por ICEX hasta ese momento. 
  • Si la causa de la extinción obedece al acuerdo entre empresa o entidad y persona becada para iniciar una relación laboral, o si mediase acuerdo entre empresa o entidad e ICEX sobre la procedencia de la finalización propuesta por la empresa o entidad por incumplimiento de la persona becada o por cualquier otro motivo, no será de aplicación lo expuesto en el párrafo anterior.
  • En caso de concurrir circunstancias excepcionales que hicieran aconsejable la adopción de medidas adicionales no previstas en el Programa de Empresas y que redunden en beneficio de las empresas o entidades y personas becadas, ICEX, a través de Resolución dictada por su consejera delegada, podrá incluir las medidas correctivas necesarias para salvar esas cuestiones no previstas en las condiciones de participación.

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8. PLAZOS Y TRAMITACIÓN DE LA SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN

Las solicitudes podrán presentarse desde el día 10 DE JULIO DE 2023 (fecha provisional) hasta las 14:00 horas del día 28 DE SEPTIEMBRE DE 2023.

La solicitud de participación en el Programa de Empresas se realizará por la empresa/entidad constituida en España.

  • La presentación de solicitudes deberá efectuarse cumplimentando el formulario disponible en el área de Becas 'Formulario de inscripción en el Programa Prácticas en Empresas 2024'[8].

[8] En Anexo IV se encuentra documento con los datos solicitados en el Formulario de Inscripción.En el caso de solicitar más de una persona becada, se deberán presentar para cada beca solicitada, los datos requeridos en el formulario de inscripción. 

  • En el caso de solicitar más de una persona becada, se deberán presentar para cada beca solicitada, los datos requeridos en el formulario de inscripción. 
  • El hecho de inscribirse, participando así en el proceso de solicitud de una persona becada ICEX, supone la aceptación de las condiciones de adhesión del Programa de Empresas y los procedimientos aquí descritos. 
  • Procedimiento ante incidencias y consultas: Las consultas relativas al contenido del “Programa de Empresas” o cualquier incidencia de tipo técnico que surja durante el proceso de inscripción, deberán dirigirlas a la dirección de correo electrónico de Ventana Global (información@icex.es), w  o al teléfono de ICEX (+34) 91 349 71 00 (Horario de atención: de 9:00 a 17:00 horas GMT+1, de lunes a jueves y viernes de 9:00 a 15 horas GMT+1. En verano -julio y agosto- de 9:00 a 15:00 horas). 

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9. DOCUMENTACIÓN TRAS LA FINALIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS

Finalizado el periodo de duración de las prácticas, y en el plazo máximo de un (1) mes desde la fecha de su finalización, la empresa o entidad presentará una Declaración firmada y sellada por su responsable con:

  • El desglose mensual de los pagos realizados a la persona becada en concepto de dotación, fijada en el “Compromiso de Prácticas”, durante el periodo financiado por la empresa o entidad.
  • El importe de las retenciones que, conforme a la normativa aplicable, hubieran sido realizadas e ingresadas, junto con la cotización a la Seguridad Social aplicada. Es obligación de la empresa o entidad gestionar las correspondientes alta y baja en la Seguridad Social al inicio y fin del periodo en el que asume el pago de la dotación de las prácticas (Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social y demás legislación que pudiera resultar de aplicación).

Esta documentación deberá ser enviada por correo electrónico a la dirección becas@icex.es.

 

En Madrid, en la fecha de la firma electrónica

 

María Peña Mateos
Consejera delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E.
(Real Decreto 848/2018, de 6 de julio «BOE núm. 164 de 7 de julio de 2018»)

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