Los contribuyentes corporativos (empresas, sociedades, cooperativas, entidades no constituidas en sociedad, etc.) están sujetos al Impuesto sobre Sociedades sobre sus beneficios empresariales y ganancias de capital. Desde el 1 de enero de 2007, Bulgaria es Estado miembro de la Unión Europea. Las principales características del sistema fiscal búlgaro se han armonizado, en consecuencia, con la legislación fiscal de la UE, incluidos los impuestos directos.
Impuesto sobre Sociedades
Una empresa se considera residente en Bulgaria cuando ha sido constituida bajo las leyes del país. Las empresas búlgaras tributan por el Impuesto sobre Sociedades por sus beneficios obtenidos a nivel mundial.
Desde el 1 de enero de 2007, el tipo único de gravamen general es del 10% (anteriormente 15%), estableciéndose tipos especiales para determinadas actividades. La distribución de beneficios en forma de dividendos a los accionistas que sean personas jurídicas residentes en Bulgaria está exenta de retenciones; cuando los accionistas sean personas físicas, la retención será del 5% del importe bruto distribuido.
En Bulgaria no existe un gravamen especial sobre ganancias de capital. Estas forman parte de los beneficios de una empresa y tributan al tipo general del Impuesto sobre Sociedades.
Por lo que se refiere a los gastos, cabe destacar la posibilidad de deducir fiscalmente los correspondientes a los beneficios sociales en favor de los empleados. No son deducibles, entre otros, los gastos de adquisición de vehículos y propiedades inmobiliarias, si son destinados al uso privado de los accionistas, los gastos por operaciones entre partes vinculadas, y las multas y penalizaciones.
En cuanto a la deducción de los pagos por intereses, existe una ratio de subcapitalización de 3:1, lo que impide la deducción de los intereses que retribuyan la financiación otorgada por partes vinculadas cuando esta supere el triple de la cifra del patrimonio neto de la sociedad.
Se permite la deducción de los impuestos pagados en el extranjero sobre las rentas incluidas en la base imponible, con el límite del impuesto búlgaro que corresponde a tales rentas.
El período impositivo se corresponde con el año natural, y el plazo general para el pago del impuesto vence el 31 de marzo del año siguiente al del período gravado. En función del resultado del ejercicio precedente, deben realizarse pagos anticipados de forma mensual o trimestral.
No residentes
Las empresas no residentes están sujetas al impuesto por sus ingresos de fuente búlgara.
Si la sociedad dispone de un establecimiento permanente en Bulgaria, este está sujeto al impuesto en los mismos términos que las empresas búlgaras. El tipo de gravamen aplicable es, por lo tanto, también del 10%. El concepto de establecimiento permanente en la legislación búlgara coincide, en líneas generales, con el fijado por la OCDE. La existencia en territorio búlgaro de sucursales, fábricas, minas, lugares de extracción de recursos naturales, u obras de construcción, instalación o montaje por un período superior a seis meses determinan que la sociedad disponga de un establecimiento permanente. Lo mismo ocurre si la empresa extranjera opera en Bulgaria a través de un agente dependiente.
La obtención de rentas sin mediación de establecimiento permanente determina la aplicación de una retención o withholding tax, cuyo tipo de gravamen es del 10% en el caso de intereses, royalties, honorarios de asistencia técnica, franchising y factoring, y ganancias derivadas de la venta de capital inmobiliario.
En el caso de la distribución de dividendos se aplica el tipo del 5%. El pago de dividendos a sociedades residentes en un Estado miembro de la Unión Europea, con una participación mínima del 10% en sociedades búlgaras, mantenida durante al menos un año, está exento de retención.
Desde 1991, existe un Convenio para Evitar la Doble Imposición con España. De especial interés para el inversor español resultan sus artículos 9 y 10, según los cuales los intereses y royalties solo tributan en el país de residencia del perceptor.
Impuesto sobre el Valor Añadido
La Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido fue modificada a mediados de 2004 para adaptarla a la normativa europea, y en particular a la Sexta Directiva Comunitaria del IVA. Están sujetas al impuesto las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas en territorio búlgaro, en el desarrollo de su actividad, por empresarios y profesionales, así como las importaciones de bienes.
Cualquier persona física o jurídica, con independencia de ser residente o no en Bulgaria, que haya tenido un volumen de negocio gravable de, al menos, 50.000 levas (unos 25.565 euros) durante los 12 meses anteriores está obligada a registrarse a efectos de este impuesto y a abrir una cuenta para ello, que es de uso obligatorio siempre que el IVA cobrado por una transacción rebase las 1.000 levas.
El tipo de gravamen general es del 20%. A las exportaciones se les aplica un tipo del 0%.
Incentivos fiscales
Bulgaria ofrece numerosos incentivos fiscales, entre los que conviene destacar:
- Exenciones fiscales por invertir en zonas deprimidas: desde la reforma fiscal de finales de 2002, las entidades manufactureras que inviertan en estas zonas quedan exentas del Impuesto sobre Sociedades. Para poder disfrutar de la exención, la inversión debe realizarse y los activos de la empresa deben estar localizados en la región económicamente deprimida. Además, la empresa no debe tener deudas por impuestos o seguridad social en el año en el cual se solicita la exención. El importe de la exención debe ser destinado a la realización de inversiones en actividades manufactureras en los tres años siguientes al año en el que se solicitó dicha exención. La lista de las regiones deprimidas se edita anualmente en el apéndice de la Ley del Impuesto sobre Sociedades búlgara.
- Deducciones fiscales por el empleo de personas con discapacidad: se otorga una exención de Impuesto sobre Sociedades del 100% a aquellas compañías especializadas y cooperativas que las contraten. El impuesto no pagado se debe utilizar para la integración social de las personas con discapacidad o para mantener y crear nuevos empleos durante un período mínimo de dos años después del ejercicio en que se aplica el incentivo fiscal.