La Dirección Territorial de Comercio en Cantabria es un servicio periférico de la Administración General del Estado, dependiente orgánica y funcionalmente del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, que establece sus objetivos de actuación y funcionamiento en materias de competencia exclusiva del Estado relativas al comercio exterior, transacciones exteriores, promoción comercial, inversiones, y fomento de la internacionalización, a través de la Secretaría de Estado de Comercio. La Dirección Territorial es, al mismo tiempo, un Centro de Actuación de ICEX, ente público con autonomía de actuación y gestión.
Corresponde a la Dirección Territorial de Comercio de Santander el ejercicio de las siguientes funciones en materia de comercio:
a) La gestión, tramitación y resolución de los expedientes relativos al comercio exterior, incluido el intracomunitario, de productos agrícolas e industriales, así como de material de defensa y doble uso.
b) La tramitación de expedientes administrativos en materia de transacciones exteriores.
c) Estudiar e informar sobre los efectos del arancel y de los regímenes arancelarios especiales en la economía de la demarcación cántabra.
d) Recoger y procesar datos sobre las magnitudes que intervienen en la distribución y comercialización de bienes y servicios.
e) La inspección y control de calidad comercial de productos objeto de comercio exterior, incluido el intracomunitario, en cuanto a normas y especificaciones técnicas, envases y embalajes, almacenes, depósitos, medios de transporte, etc. La realización de los controles de conformidad con las normas comunes de comercialización en el sector de frutas y hortalizas frescas.
f) La expedición de certificados de conformidad en el desarrollo de actividades de certificación voluntaria y asistencia técnica a empresas y sectores en el ámbito del comercio exterior.
g) La emisión de los permisos y certificados sobre productos y especímenes en el ámbito del Convenio sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre (CITES), así como el desarrollo de las actuaciones de control e inspección derivadas de la condición de la Secretaría General de Comercio Exterior de Autoridad Administrativa CITES y órgano de gestión principal según la normativa comunitaria de desarrollo.
h) Las correspondientes en función del desarrollo de las actividades del Instituto Español de Comercio Exterior en sus respectivos ámbitos territoriales, conforme a la previsto en el Real Decreto 1165/2005, de 30 de septiembre, por el que se modifica la estructura orgánica del Instituto Español de Comercio Exterior.
i) La información a organismos y particulares interesados en las materias citadas.
j) Las de carácter sancionador que estén previstas en las correspondientes normas.
k) En general, las restantes atribuidas en el ámbito territorial de Cantabria a la Secretaría de Estado de Comercio, a sus organismos autónomos o al ICEX.
Zona de Competencia
La Dirección Territorial de Comercio de Cantabria extiende su ámbito de competencia, en el ejercicio de sus funciones en materia de comercio exterior a la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Director/a
María del Carmen Rosa Cabrero Pastor