Tras la entrada en vigor del Acuerdo de Retirada del 1 de febrero de 2020, Reino Unido ya no es un Estado Miembro de la Unión Europa, cuyo brexit estableció un periodo transitorio hasta el 31 de diciembre de 2020. A partir del 1 de enero de 2021 el país británico dejará de tener la obligación de aplicar la normativa de la UE y entrará en vigor el acuerdo comercial que se alcance.
Con o sin acuerdo comercial, tras el periodo transitorio, Reino Unido quedará fuera de la Unión Aduanera y del Mercado único de la UE, convirtiéndose en un tercer país a los efectos en comercio de bienes y servicios.
Para facilitarle la labor a las empresas exportadoras españolas en el conocimiento de la nueva normativa, la Oficina Económica y Comercial de España en Londres ha elaborado una serie de guías, diferenciadas por temáticas, con información de interés sobre los cambios que se pueden experimentar en su relación comercial con el Reino Unido a partir de la salida del país de la Unión Europea.
La información proporcionada en estas guías se refiere a requisitos a la importación en Gran Bretaña, aunque no entra en el detalle de los requisitos de exportación desde España. La información ha sido extraída del documento, emitido por el Gobierno británico, Border Operating Model, así como de las distintas guías publicadas en la web del mismo.
A continuación, pueden descargarse la relación de las Guías de Acceso al mercado de Reino Unido, divididas por procedimientos aduaneros, manuales horizontales, manuales de controles por etapas para productos agroalimentarios; manuales específicos para productos industriales y bienes de consumo, y específicos para productos químicos
Para mayor detalle sobre los requisitos de exportación desde España, puede consultar el portal ICEX o puede contactar con la Red de Oficinas Comerciales y Territoriales de Comercio de España. Por otro lado, para cualquier duda o consulta al respecto, puede ponerse en contacto con la Oficina Económica y Comercial de España en Londres.