El Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba aprobó el 20 de julio de 2021 dos nuevas normativas, recogidas en la Gaceta Oficina de Cuba, que liberalizan las importaciones comerciales de alimentos y artículos de aseo e higiene personal y del hogar, hasta el 31 de diciembre, realizadas por empresas estatales, mixtas, y entidades que ostenten contratos de asociación económica internacional o cualquiera de otra índole permitida por la Ley de Inversión Extranjera. Libera, además, a los trabajadores por cuenta propia del pago de aranceles para todas aquellas materias primas que se adquieran para el ejercicio de su actividad profesional.
Esta regulación, tal y como se motiva en la propia norma jurídica, surge como consecuencia de las limitaciones en la oferta de productos básicos que el país sufre en la actualidad y, mediante la misma, se pretende abaratar los costes de importación de estos artículos con el objetivo de reducir los precios de comercialización minorista de los mismos.
Adicionalmente, y en el plano privado de la economía, también se ha llevado a cabo una modificación que, aunque es de carácter temporal, impacta directamente en las importaciones permitidas a las denominadas como formas de gestión no estatal. En este sentido se ha previsto que las importadoras estatales, como únicas entidades autorizadas a prestar el servicio de importación a las formas de gestión no estatal, queden exoneradas del pago de aranceles siempre que se trate de insumos y materias primas necesarias para el ejercicio de sus actividades, y nunca de productos terminados.
Conviene mencionar que los trabajadores por cuenta propia cubanos pueden contratar la adquisición de materias primas con exportadores extranjeros de su elección, si bien el trámite oficial de importación lo realiza siempre una entidad estatal. No obstante, el pago del valor de la importación, así como de los derechos aduaneros correspondientes lo satisface siempre, y por adelantado, el trabajador por cuenta propia. Por lo tanto, esta nueva regulación afecta directamente a las condiciones comerciales asumibles por el sector privado de la economía cubana.
Estas nuevas modificaciones representan facilidades claras para la importación de productos básicos, así como un abaratamiento del valor total de las importaciones, lo que resulta muy conveniente, sobre todo en el caso del sector privado de la economía.
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