Page 45 - Guía Legal de compliance Colombia
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 4. Soborno transnacional 45
 “Por medio de uno o de varios:
(i) empleados,
(ii) contratistas,
(iii) administradores, o asociados, propios o de cualquier persona jurídica subordinada:
(i) den, (ii) ofrezcan, o (iii) prometan, a un servidor público extranjero, directa o indirectamente:
(i) sumas de dinero, (ii) cualquier objeto de valor pecuniario u (iii) otro beneficio o utilidad, a cambio de que le servidor público extranjero:
(i) realice, (ii) omita, (iii) retarde, cualquier acto relacionado con el ejercicio de sus funciones y en relación con un negocio o transacción internacional”
Su aplicabilidad no solo permite investigar sociedades colombianas sino tam- bién se amplía a:
Las matrices cuando una de sus subordinadas ejecute dicho acto delictivo. Sucursales de sociedades que operen en el exterior.
Empresas comerciales e industriales del Estado.
Empresas en las que el Estado tenga participación.
Procedimiento investigativo y sancionador
El artículo 4 de la Ley 1778 de 2016 establece la no prejudicialidad de la investigación de soborno transnacional, es decir, el proceso sancionador se adelanta con independencia de otros procesos de distinta o idéntica natura- leza y podrán confluir varios por la misma conducta. No obstante, el proceso sancionador por soborno transnacional caduca a los 10 años a partir de la comisión de la conducta.
Por su parte, el artículo 5 establece que la Superintendencia de Sociedades impondrá una o varias sanciones por medio de acto administrativo que se inscribirá en el registro mercantil de la persona jurídica sancionada, además, analizará la imposición de las sanciones atendiendo a los siguientes criterios, establecidos en el artículo 7 de la misma ley:
 (i) El beneficio económico obtenido o pretendido por el infractor con la conducta. (ii) La mayor o menor capacidad patrimonial del infractor.
(iii) La reiteración de conductas.
(iv) La resistencia, negativa y obstrucción a la acción investigadores o de supervisión y la conducta procesal del investigado.

















































































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