Page 57 - Guía Legal de compliance Colombia
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5. Compliance medioambiental 57 El manejo integral de los residuos peligrosos contempla entre otras actividades,
las siguientes:
Prevención: El generador de este tipo de residuos debe adoptar un Plan de Gestión Integral, con el fin de prevenir la generación de estos residuos y la reducción de estos, así como, minimizar la cantidad y peligrosidad de los mismos. Este plan, a pesar de que no se presenta a la autoridad ambiental, debe estar disponible para el control y seguimiento ambiental de ésta.
Separación en la fuente: Se entiende como la clasificación de los residuos peligrosos generados conforme a sus características de peligrosidad. Estos re- siduos deben ir separados de otro tipo de residuos, puesto que un residuo que no tenga la característica de peligrosidad y entre en contacto con los que son de esa naturaleza, debe ser manejado y dispuesto como residuo peligroso.
Acopio: La acción tendiente a reunir productos desechados o descartados por el consumidor al final de su vida útil y que están sujetos a planes de gestión de devolución de productos posconsumo, en un lugar acondicionado para tal fin, de manera segura y ambientalmente adecuada, buscando faci- litar su recolección y posterior manejo integral. El lugar donde se desarrolla esta actividad se llama “Centro de Acopio”.
Almacenamiento: Depósito temporal de residuos o desechos peligrosos en un espacio físico definido y por un tiempo determinado con carácter previo a su aprovechamiento, valorización, tratamiento y/o disposición final.
Además de estas actividades, la normativa exige una serie de obligaciones que deben ser cumplidas por el generador, entre otras, la de contratar los servicios de almacenamiento, aprovechamiento, recuperación, tratamiento y/o disposi- ción final, con instalaciones que cuenten con las licencias, permisos, autoriza- ciones o demás instrumentos de manejo y control ambiental a que haya lugar. Así las cosas, si el proyecto genera residuos peligrosos, es importante identifi- car un gestor de residuos que cumpla con los requisitos técnicos y legales de acuerdo con el tipo de residuo que se genere.
(iii) Residuos sujetos a planes posconsumo
Adicional a lo anterior, a partir del desarrollo que ha venido teniendo la econo- mía circular, se han venido implementando sistemas de recolección selectiva y programas posconsumo (que pueden ser peligrosos o no), los cuales establecen obligaciones a los productores, importadores, distribuidores y a los generadores.
Dada la complejidad y características de estos residuos, deben ser tratados, aprovechados y/o dispuestos bajo la responsabilidad del fabricante, importador y/o distribuidor, de acuerdo con el caso.